Lo antes posibles después de haber llegado en España (con un visado de estudios emitido por la diplomacia española en su país de origen), las personas no comunitarias tendrán que empadronarse en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) de su Ayuntamiento.
En esta oficina podrán solicitar la Tarjeta de Estudiante o permiso de residencia, que cubre una estancia en España superior a 90 días, en la comisaría correspondiente.
Estas oficinas también son de interés para los alumnos comunitarios: además del padrón municipal de habitantes, también tramiten permisos vinculados a la circulación de vehículos, y ofrecen información sobre distintos servicios como bibliotecas, centros cívicos, etc.