Los alumnos que se presenten como candidatos outgoing de la UIC para realizar una estancia en el extranjero, dentro del marco del programa Erasmus o de un Intercambio Bilateral, tienen que haber sido oficialmente seleccionados por esta universidad.
Por su lado, la UIC tiene que haber firmado previamente un convenio con la universidad de acogida. Este convenio define el área de estudios, las plazas disponibles y la duración del periodo de intercambio.
El programa Erasmus permite que los estudiantes matriculados en una universidad europea que participa en el programa, cursen estudios en otra distinta. Este programa es de un periodo de tiempo que oscila de tres meses hasta un curso académico entero (de acuerdo con el calendario académico de la universidad de destino). Posteriormente, los estudios cursados en el exterior son reconocidos por la universidad de origen.
Este reconocimiento se realiza siempre a través de un cuadro de equivalencias académicas, que debe ser cumplimentado por cada alumno y/o alumna participante, y aprobado por el coordinador o coordinadora académico/a del departamento responsable de su intercambio, antes de su estancia en el extranjero.
Este programa Erasmus conlleva muchas ventajas para los participantes, tanto económicas como académicas. Por ejemplo, cada universidad que participa en el programa Erasmus imparte un curso intensivo del idioma en cuestión, gratuito para alumnos de intercambio, normalmente a principios del curso académico.
Además, los alumnos participantes tienen derecho de los mismos servicios que los alumnos locales (información sobre la oferta académica y sobre alojamiento universitario, acceso a la biblioteca, a la cafetería universitaria y a instalaciones deportivas, etc.), y bajo las mismas condiciones. Lógicamente, estos servicios varían mucho en cada universidad.