Todos los alumnos o alumnas outgoing tendrán que cumplir el procedimiento de matriculación en la universidad de acogida, según las condiciones económicas estipuladas por el convenio. Las personas que participan en el programa Erasmus están exentos tasas académicas, siempre y cuando las hayan abonado en la UIC con anterioridad. Además, cada uno/una tendrá que informarse de los procedimientos y plazos de la universidad de acogida, respecto los combios en la matriculación (alta y baja de asignaturas, etc.).
Si en cualquier momento, durante su estancia en el extranjero, el alumno desea cambiar cualquier parte del Learning Agreement, tendrá que rellenar la hoja Changes to Originally Approved Learning Agreement y conseguir su aprobación, tanto de la universidad de acogida, como de la UIC. Por este motivo, es muy importante que mantenga contacto con el Departamento de Relaciones Internacionales, y con su coordinador o coordinadora académico/a de esta universidad. Además, hay que recordar que estos alumnos/as tendrán que cumplir con el procedimiento interno de la universidad de acogida para efectuar el cambio en su hoja de matrícula.
Por otro lado, cada alumno y/o alumna que realiza una estancia dentro del marco del programa Erasmus, también tendrán que pedir, en la oficina internacional de la universidad de acogida, que se rellene, firme y selle el certificado de las fechas de su estancia.
Mientras están en el extranjero, Relaciones Internacionales avisará a los alumnos Erasmus de cuándo la Comisión Europea les abona la beca (y el Ministerio de Educación y Ciencia, aunque normalmente se abona a posteriori).